Desconoce la defensa qué tribunal revisa su recurso contra la extinción de LFC
Alma E. Muñoz
Periódico La Jornada
Viernes 8 de enero de 2010, p. 9
La representación legal del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) señaló que no ha recibido información alguna sobre el recurso de revisión presentado luego de que se negó a los electricistas un amparo contra el decreto presidencial de extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC).
En conferencia de prensa en el auditorio de la sede sindical, Néstor de Buen advirtió que no conocen aún adónde se turnó el expediente. Planteó tres alternativas: “que nos hagan caso y nos manden al cuarto tribunal colegiado en materia de trabajo del Distrito Federal, por haber conocido previamente del asunto, o que lo turnen a cualquier otro tribunal colegiado, pero lo más probable es que, dada la trascendencia del mismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraiga el expediente para resolverlo por sí misma, ya sea la segunda sala o el pleno”.
Sin embargo, destacó que en este momento, por el cambio dedos ministros, “uno de ellos muy favorable a nuestros puntos de vista (en referencia a Genaro Góngora Pimentel), no estamos muy convencidos de la independencia de los señores ministros, pero tenemos que hacer labor personal con cada uno para lograr una resolución adecuadamente fundada”.
Deberemos pelear “cuesta arriba, porque en otros casos, los ministros han dado muestras de cierta parcialidad en favor del gobierno”. Sobre el caso del sindicato minero, comentó que ahora todo indica que las posibilidades de reconocimiento de Napo- león Gómez Urrutia como su secretario general son relativamente contrarias a la organización, dijo el abogado.
Resaltó que el escrito donde exponen los agravios contra el SME es “enormemente amplio”; explica con toda razón y fundamento, lo negativo de la sentencia de la juez federal Guillermina Coutiño Mata, al negarles el amparo.
“Para resumirlo: Felipe Calderón no tenía facultades para dictar el famoso decreto de extinción de octubre, porque el presidente de la República, de acuerdo con el artículo 89, fracción I, de la Constitución, las tiene para promover la reglamentación de las leyes que dicte el Congreso de la Unión, pero no para dictar una, y prácticamente fue lo que hizo.”
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Periódico La Jornada
Viernes 8 de enero de 2010, p. 9
La representación legal del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) señaló que no ha recibido información alguna sobre el recurso de revisión presentado luego de que se negó a los electricistas un amparo contra el decreto presidencial de extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC).
En conferencia de prensa en el auditorio de la sede sindical, Néstor de Buen advirtió que no conocen aún adónde se turnó el expediente. Planteó tres alternativas: “que nos hagan caso y nos manden al cuarto tribunal colegiado en materia de trabajo del Distrito Federal, por haber conocido previamente del asunto, o que lo turnen a cualquier otro tribunal colegiado, pero lo más probable es que, dada la trascendencia del mismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraiga el expediente para resolverlo por sí misma, ya sea la segunda sala o el pleno”.
Sin embargo, destacó que en este momento, por el cambio dedos ministros, “uno de ellos muy favorable a nuestros puntos de vista (en referencia a Genaro Góngora Pimentel), no estamos muy convencidos de la independencia de los señores ministros, pero tenemos que hacer labor personal con cada uno para lograr una resolución adecuadamente fundada”.
Deberemos pelear “cuesta arriba, porque en otros casos, los ministros han dado muestras de cierta parcialidad en favor del gobierno”. Sobre el caso del sindicato minero, comentó que ahora todo indica que las posibilidades de reconocimiento de Napo- león Gómez Urrutia como su secretario general son relativamente contrarias a la organización, dijo el abogado.
Resaltó que el escrito donde exponen los agravios contra el SME es “enormemente amplio”; explica con toda razón y fundamento, lo negativo de la sentencia de la juez federal Guillermina Coutiño Mata, al negarles el amparo.
“Para resumirlo: Felipe Calderón no tenía facultades para dictar el famoso decreto de extinción de octubre, porque el presidente de la República, de acuerdo con el artículo 89, fracción I, de la Constitución, las tiene para promover la reglamentación de las leyes que dicte el Congreso de la Unión, pero no para dictar una, y prácticamente fue lo que hizo.”
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