Pemex se compromete y evita sanciones
La estatal deberá publicar sus descuentos en la
venta de combustibles; es la primera dispensa de multa que se otorga con
la nueva LFCE.
Karol García
Oct 25, 2016 |
1:19
60,000 millones de pesos deberá pagar Pemex TRI de multa, en caso de que la Cofece detecte cualquier incumplimiento.
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Tras una investigación realizada luego de una denuncia del 2015 a Pemex TRI por una posible práctica monopólica relativa en la comercialización y distribución de diesel marino especial, la autoridad regulatoria otorgó la primera dispensa de multas desde la implementación de la nueva Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) del 2014.
Sin embargo, antes de que la Autoridad Investigadora emitiera el dictamen de probable responsabilidad, la empresa solicitó el beneficio de dispensa para quienes son sujetos de un procedimiento indagatorio por una práctica monopólica relativa, siempre y cuando acrediten que los compromisos suspenden, corrigen, suprimen o dejan sin efecto la práctica monopólica relativa objeto de la investigación.
Con ello, Pemex TRI se comprometió a no otorgar beneficios en forma discrecional a los distintos compradores de sus petrolíferos. Para ello, debe publicar en su portal comercial los beneficios que otorgue a cualquier agente económico en la venta de primera mano de cualquier petrolífero así como los requisitos para acceder a ellos y las causas para negarlos.
Asimismo, no podrá suspender a los usuarios contractuales la venta de primera mano o comercialización de petrolíferos de forma discrecional. Debe, además, contratar los servicios de un auditor externo para que presente a la Cofece un informe en el que refiera las condiciones en las que Pemex TRI otorga los beneficios que ofrece en materia de venta de primera mano y comercialización de petrolíferos.
Finalmente, deberá actualizar los contratos de venta de primera mano de los diversos combustibles para especificar, “de forma clara y detallada”, los beneficios que puede tener un adquiriente de petrolíferos así como los requisitos y plazos para su otorgamiento; también debe comunicar semestralmente a la Cofece los datos relacionados con estas actividades. “Estas medidas, que favorecen la competencia, se extenderán al gas licuado de petróleo, gasolinas, turbosina, diesel, intermediate fuel oil y combustóleo”, aseveró el regulador.
Otros encuentros de cofece y pemex
- En el 2013 Pemex y su subsidiaria Refinación fueron multadas por prácticas monopólicas relativas al obligar a sus compradores de combustibles desde las terminales de almacenamiento y reparto (TAR) a usar y pagar el transporte de la estatal, lo que constituye una venta atada. La mayor sanción por esta práctica se ha acumulado desde marzo del 2014 hasta abril del 2016 por cinco multas distintas, de 77 millones 711,215 pesos, por negarse a suspender la actividad. La estatal ha aceptado el pago de 22 millones 811,310 pesos. La Suprema Corte de Justicia atrajo el caso para determinar el resto de las multas.
- En diciembre del 2015 la Cofece negó la autorización para que Pemex vendiera 50% de su participación en la empresa Gasoductos de Chihuahua a IEnova, tras argumentar que implicaría el incumplimiento de condiciones que el regulador había impuesto a Pemex para que vendiera su participación en los ductos de gas natural San Fernando y de gas licuado de petróleo Burgos-Monterrey, actividades que en conjunto generaban concentraciones de mercado. Hasta septiembre de este año, luego de la publicación de la convocatoria de licitación para los activos señalados, la Cofece autorizó finalmente la transacción, valuada en 1,108 millones de dólares.
- En enero del 2016 la Cofece recomendó a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) modificar los modelos de contratos de suministro y de franquicia de gasolinas y diesel que Pemex tiene firmados en más de 11,000 estaciones de servicio, ya que el nuevo esquema legal define que los permisos para el expendio al público de gasolinas y diesel podrán ser otorgados por la CRE a cualquier interesado.
Ventas de primera mano
- Las ventas de primera mano se definen como la primera enajenación de cualquier producto procesado, líquido o gas, ya sea de elaboración nacional o de importación que realice Pemex a un tercero para su entrega en territorio nacional. Es una actividad regulada por la CRE para asegurar la equidad en el mercado, promoviendo condiciones de competencia.
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