Nueve meses y una pandemia después, aprueban regulación legal del home office
EL ECONOMISTA
Nueve meses después de que miles de personas comenzaran a laborar desde sus casas debido la pandemia de covid-19, y sin reglas claras, la Cámara de Diputados aprobó la reforma para regular el teletrabajo en México. Por unanimidad, el pleno avaló el derecho a desconectarse al término de la jornada y que la empresa asuma gastos como el internet, entre otros puntos.
Desde inicios de marzo, la implementación del home office se volvió “vertiginosa y obligada para mantener la economía”, argumentó el presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, Manuel Baldenebro.
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La emergencia sanitaria “demandó el perfeccionamiento de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para dar certeza” a esta modalidad de empleo que se incrementó en estos meses y continuará para las siguientes generaciones, agregó el legislador. Así que el pleno aprobó modificar el artículo 312 de esa legislación, así como incluir un nuevo capítulo, el XII Bis, en materia de teletrabajo.
Este proyecto fue aprobado inicialmente en el Senado de la República en junio de 2019. Sin embargo, a esa minuta le faltaron incluir varios temas que en la Cámara de Diputados integraron “y son de gran importancia”, explicó Margarita García García (PT), secretaria de la Comisión de Trabajo en San Lázaro.
“La experiencia que nos han dado estos meses de encierro marcaron las prioridades para que México siga su buena marcha, como las nuevas formas de trabajar”, indicó la diputada Anita Sánchez Castro (Morena), quien también es secretaria de esa comisión.
Uno de los aspectos que agregaron los diputados a la reforma es que se considerará teletrabajo sólo cuando la persona realice el 40% de las tareas laborales fuera del centro de trabajo. A la minuta se le agregó que esta forma de desempeñar las funciones deberá quedar establecida por escrito, mediante un contrato.
Si en la empresa existe un contrato colectivo de trabajo, ahí deberá quedar plasmada esta opción de trabajar. Si no se cuenta con uno, entonces en el reglamento interno de la compañía.
Derecho a no responder llamadas
Al inicio de esta pandemia, muchas personas comenzaron a trabajar desde sus hogares, “sin pensar que sería permanente”, dijo la diputada federal Anita Sánchez. Pero, sobre todo, sin saber que sería tan complicado agobiante ante la falta de regulación, apuntó.
Esa realidad llevo a los legisladores a establecer que la duración de la jornada de trabajo debe contemplar el tiempo para la comida. Y que el horario no debe exceder a la máxima legal, de ocho horas.
Terminado ese tiempo las trabajadoras y los trabajadores tienen derecho a la desconexión digital. Es decir, “a no contestar llamadas o mensajes a la hora que se le antoje a algunos patrones”, como lo explicó el diputado del PRI, Isaías González Cuevas al pronunciarse a favor del dictamen.
El respeto a la jornada laboral, “aunque las personas estén en su casa, permitirá una sana convivencia familiar, social y laboral”, indicó Margarita García.
En el artículo 330 E del nuevo capítulo de la LFT se establece la obligación de las empresas de “aportar los medios y los recursos para cumplir” con el trabajo, informó Manuel Baldenebro. Además de proporcionarles el equipo de cómputo o muebles, como una silla ergonómica, deberán aportar una parte proporcional de la energía eléctrica. “Todo eso está al servicio del patrón, por ello se prevé que lo cubran”, dijo Isaías Cuevas.
Pero lejos de ser un gasto, las empresas tienen grandes beneficios, señaló la diputada Isabel Margarita Guerra Villareal (PAN). En las oficinas se ahorrarán espacio, logarán una “reducción de gastos de energía, agua y asociados”.
El teletrabajo, añadió, aumenta la productividad. “La supervisión, vigilancia y el control de las actividades laborales son más eficientes porque se mide el trabajo por objetivos, metas y resultados concretos”. A diferencia de hacerlo por la mera presencia física y las horas que la gente pasa en la oficina.
Habrá una NOM de teletrabajo
“Con estos cambios, llevaremos a miles de trabajadores a tener una fuente segura de empleo desde su domicilio”, afirmo la diputada Guerra Villarreal. Y que ese trabajo cumpla con los elementos para ser considerado decente, para ello también se contempla la inspección laboral. Las condiciones para esa vigilancia las dictará el artículo 330-K de la LFT.
Y en el artículo 330 I queda asentado el derecho a la intimidad de las personas trabajadoras, afirmó el diputado Baldenebro. Sin embargo, en ese ordenamiento se permite el uso de cámaras de video y micrófonos por parte de las empresas para:
- Supervisar el trabajo de manera extraordinaria
- Cuando la naturaleza de las funciones desempeñadas lo requieran
Manuel Baldenebro indicó que en el artículo 330 se establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) elaborará una Norma Oficial Mexicana para regular.ar puntualmente el home office.
De acuerdo con la diputada Margarita García, ésta NOM deberá indicar las condiciones de salud y seguridad en el empleo. Así como “las consideraciones para la integración física, social, psicológica de este tipo de trabajadores”.
La norma deberá estar lista en un plazo no mayor a 18 meses después de la promulgación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Para ello hace falta que el Senado avale estos nuevos cambios. Luego, enviará la reforma aprobada al Poder Ejecutivo para su publicación.
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