Corte decide hoy si se echa atrás política energética
Proyecto de ministro en el que busca declarar que ésta beneficia a CFE y obstaculiza labor de Cofece para regular libre competencia requiere, al menos, tres de cinco votos
Hoy, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene programada la discusión de la propuesta de declarar que la política energética de la presente administración obstaculiza la competencia económica y beneficia indebidamente a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
El proyecto fue realizado por el ministro Luis María Aguilar Morales como propuesta para poner fin a la controversia constitucional presentada por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra la política publicada por la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle, el 15 de mayo de 2020.
Durante la sesión de la Sala, los ministros deberán votar por avalar o desechar la decisión de declarar que la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN) distorsiona el proceso de competencia en materia energética y otorga injustificadamente una “ventaja exclusiva e indebida en favor de la CFE para que proponga proyectos estratégicos en programas de suma relevancia”.
Para ello, la propuesta del ministro es declarar inconstitucionales 22 de las disposiciones de la política de confiabilidad de la presente administración.
“De subsistir la disposición 5.4., se permitiría que CFE, en su carácter de generador, transportista, distribuidor y comercializador, tenga una participación importante en el programa que contiene la planeación del Sistema Energético Nacional, lo que distorsiona el proceso de competencia y libre concurrencia, y constituye un obstáculo para que el mercado de la generación y comercialización de energía eléctrica opere bajo condiciones de competitividad”, señala.
Para que el proyecto del ministro Aguilar Morales prospere se requieren, por lo menos, tres votos a favor de los cinco integrantes de la Sala.
Desde el inicio del asunto, el ministro concedió a la Cofece la suspensión provisional para que el acuerdo de política de confiabilidad de la Sener no pudiera entrar en vigor.
Dicha decisión fue ratificada por la Primera Sala en el recurso de reclamación que presentó la Sener contra la suspensión, por lo que actualmente el acuerdo no está vigente.
El proyecto prevé declarar que la política energética de la presente administración obstaculiza también a la Cofece a cumplir con su función como organismo constitucionalmente autónomo encargado de garantizar la libre competencia económica y la libre concurrencia, específicamente en el mercado de generación y suministro de energía eléctrica.
“El acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomendaron a la Cofece, toda vez que anula presupuestos que deben darse para que exista competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación y suministro de energía eléctrica, particularmente en lo que concierne a las Energías Limpias Intermitentes”, indica el documento.
En su propuesta, el ministro observa que la política de la Sener sobre el SEN y el tratamiento de energías limpias se vincula con el derecho humano a un medio ambiente sano.
Destaca que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea sustentable y que la política de la Sener no puede
soslayar dentro de sus objetivos el desarrollo de la industria eléctrica de manera limpia.
Reconoce que la forma de ejercer la política energética tiene un margen de discrecionalidad que le corresponde al Ejecutivo, por conducto de la Sener, y que debe apegarse a las normas, por lo que la Corte no puede establecer cuáles serían las mejores líneas de política o estrategia económica, pero sí puede verificar que la política es acorde con la Constitución federal y las leyes en la materia.
La política faculta al Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) para ordenar, en cualquier momento, la asignación y despacho de Unidades de Central Eléctrica fuera de mérito.
Esto, señala el ministro, implica “una barrera a la competencia y a la libre concurrencia”, porque desplaza del mercado a centrales eléctricas que pueden resultar más eficientes, lo que significa también privar a los consumidores de contar con tarifas eléctricas más accesibles.
“Si se dejara de tomar en consideración de forma absoluta el mérito, se estaría limitando el despacho de Unidades de Centrales Eléctricas con Energía Limpia Intermitente, reduciendo así su capacidad de competencia, en virtud de que ello conlleva a la imposibilidad de ofrecer su energía sin importar en forma alguna si son o no más eficientes”, precisa la propuesta.
Esto, a pesar de que en la reforma energética se estableció que la industria, los usuarios calificados del mercado eléctrico mayorista y los titulares de los contratos de interconexión legados están obligados a contribuir al cumplimiento de las metas de energías limpias.
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