Resolverá Suprema Corte en abril reforma eléctrica de AMLO

 

La SCJN acordó incluir en su lista para sesión una acción de inconstitucionalidad de senadores de oposición contra la iniciativa que da preferencia a la CFE sobre empresas privadas

Agencia Reforma

lunes, 21 marzo 2022 | 10:48

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá en abril si invalida o deja en pie la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que da preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas y que contiene varios de los cambios que ahora se busca incluir en la Constitución.

El Pleno de la Corte acordó este jueves incluir en su lista para sesión una acción de inconstitucionalidad de senadores de oposición contra la reforma a la LIE, seguida por controversias presentadas por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y el Gobierno de Colima.

Los asuntos fueron listados después de una acción contra la Ley Federal de Austeridad Republicana, agendada para el 4 de abril. Dicha acción abarca múltiples temas y podría requerir más de una sesión, lo que enviaría las demandas contra la LIE hasta después de Semana Santa.

La Ministra Loretta Ortiz, recién llegada a la Corte a propuesta de López Obrador, heredó las demandas contra la LIE al asumir la ponencia del Ministro Fernando Franco, y la semana pasada presentó a sus colegas los proyectos de sentencia respectivos.

Invalidar cualquier aspecto de la reforma, o todo el decreto, requiere a ocho de los 11 Ministros.

La reforma a la LIE ha estado congelada desde su publicación en marzo de 2021, debido a suspensiones con efectos generales que los jueces federales Rodrigo de la Peza y Juan Pablo Gómez Fierro concedieron a más de 250 empresas que la impugnaron mediante amparos.

Sin embargo, los dos tribunales colegiados de Competencia Económica empezaron a revocar las suspensiones en julio de 2021, por considerar que la reforma no afecta a las empresas con su sola entrada en vigor, y una vez que la última suspensión sea anulada, los cambios legales estarán vigentes. 

 

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