Sin la democratización de los canales de información, no se consolida la democracia en México

Por Bernardo Caamal Itzá

Ciudad de México, DF.- "La consolidación de nuestra democracia no se puede alcanzar sin la profunda democratización de los canales de información", resaltó Carlos Sotelo García, presidente de la Comisión de radio, televisión y cinematografía del senado en su ponencia presentada en el marco del III Congreso Nacional de Comunicación Indígena que se realiza el Palacio Legislativo de San Lázaro en la ciudad de México, evento que inició ayer 29 y que concluye hoy 30 de junio.

El senador, reconoció que los pueblos indígenas son portadores de una riqueza cultural a través del legado de nuestras civilizaciones antepasadas. Por esto, el papel de los medios es vital para la restauración de las comunidades, antes de buscar seguir incorporando a los pueblos indígenas en el proceso de globalización prevaleciente.

“Porque los medios de comunicación son el soporte material necesario para difundir el pensamiento o para comunicar o recibir información, debe concluirse que las libertades de expresión e información conllevan el derecho a crear los medios de comunicación indispensables para el ejercicio de estas libertades. Efectivamente, la Constitución en su Artículo 2 apartado B, inciso VI, contiene un mandato expreso para el Estado mexicano de establecer las condiciones a fin de que los pueblos y comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación”, remarcó el legislador.

Al puntualizar sobre el derecho social reconocido en el artículo 2º, apartado B, fracción VI de la Constitución Federal, que obliga a la Federación, los Estados y los Municipios, a establecer condiciones para que las comunidades y pueblos indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación, en los términos que las leyes de la materia determinen, indudablemente que constriñe al Poder Legislativo federal a emitir las disposiciones normativas en las que atendiendo a la situación real de desventaja que tienen en nuestro país aquéllos, establezca las condiciones para garantizar su acceso efectivo a los medios de comunicación.

Sotelo García, aclaró que para cumplir con este derecho social, no basta con que en la ley se exprese que los indígenas pueden administrar medios de comunicación, sino que es necesario que desde la legislación se instrumenten políticas concretas para lograr que su situación de desigualdad se compense. También es necesario establecer mecanismos financieros viables para que los pueblos indios puedan adquirir sus propios medios de comunicación o la compra de espacios de expresión dentro de éstos, sin supeditar el ejercicio de ese derecho a la capacidad económica de las comunidades.


Indicó que en cuanto a los contenidos relacionados con ellos deben partir de la visión de los pueblos, abarcando su cultura, sus actividades económicas, su conocimiento de la medicina, de la ecología, la preservación del ambiente, sus lenguas, su identidad.

Destacando que los derechos sociales no son sólo normas programáticas, sino que al encontrarse garantizados en el texto de la Constitución, generan obligaciones efectivas para el Estado mexicano.

Ante ello, subrayó la necesidad de democratizar los sistemas de comunicación en México, dando plena participación en ellos a los grandes grupos sociales, especialmente a los pueblos indígenas.

Frente a la situación de injusticia histórica sobre las comunidades indígenas, es necesario construir otro pacto social, integrador de una nueva relación entre los pueblos indígenas, la sociedad y el Estado.

Una profunda reforma del Estado mexicano donde los pueblos indígenas sean sujetos de derecho público, con capacidades jurídicas plenas para crear y diseñar modelos de comunicación.

Es urgente reformar la "obsoleta" legislación en materia de radiodifusión en México para que se garantice el acceso de los pueblos y comunidades indígenas a la propiedad y operación de medios electrónicos y digitales que puedan operar en forma sustentable y autogestiva.

Sotelo García, aclaró que es apremiante legislar un marco jurídico que permita operar, administrar y difundir, a través de diferentes medios de comunicación propios y convencionales, contenidos de los pueblos indios que se consideren pertinentes y acordes a las necesidades y al contexto de cada comunidad. Lo que hace como impostergable, la apertura de los demás medios electrónicos de comunicación a nuestros pueblos originarios, generando espacios para proyectos de comunicación indígena, en los que sean los comunicadores indígenas quienes tengan la responsabilidad directa de diseñar y llevar a cabo sus proyectos.

Recalcó que es de interés instaurar los procedimientos operativos y expeditos para permitir la integración de los indígenas dentro de la actual estructura de canales de información nacionales.

El Congreso mexicano tiene la obligación impostergable de cubrir uno de los tantos adeudos con los pueblos indígenas, garantizarles el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información.

Mencionó entonces, “se trata de una obligación de ejercicio a cargo del Poder Legislativo federal, cuya falta de cumplimiento deriva en una inadmisible omisión legislativa. La nueva legislación debe partir de establecer condiciones especiales y asequibles para los pueblos y comunidades indígenas que se encuentran en circunstancias notoriamente desiguales a las del resto de la población”.
Al respecto, puntualizó los objetivos generales de esta nueva legislación, como:

 Garantizar y promover la diversidad cultural y el derecho de los pueblos indígenas a adquirir, operar y administrar sus propios medios de comunicación, según lo establecido en el artículo 2 constitucional.
 Garantizar el acceso a las telecomunicaciones y a las tecnologías de información y comunicación.

 Promover en la sociedad nacional el conocimiento, valoración y respeto a la diversidad cultural de la nación mexicana a través de los medios de comunicación públicos y privados.

 Garantizar el cumplimiento de acuerdos, tratados y convenios internacionales concernientes a la materia de comunicación indígena, suscritos por México.

Y en cuanto a sus objetivos específicos, una nueva legislación para que sea acorde con el espíritu de la Constitución, deberá:

 Garantizar y promover el derecho pleno a informar y estar informados en las lenguas indígenas.

 Garantizar y promover el acceso efectivo de los indígenas a los medios de comunicación radioeléctricos y satelitales.
 Garantizar el acceso de individuos, comunidades y pueblos indígenas a las telecomunicaciones y el uso de las tecnologías de información y comunicación.

 Garantizar y promover la presencia de los pueblos indígenas, así como el uso de lenguas indígenas, en los medios electrónicos de comunicación privados y públicos.

 Promover una cultura de respeto a la diversidad cultural que se contraponga a las actitudes discriminatorias vigentes en gran parte de la sociedad mexicana.

El senador de la republica, aclaró “tanto el Proyecto de Reforma Integral como el Proyecto de Reforma Parcial que hemos impulsado desde la Cámara de Senadores, se propone reconocer de manera absoluta la capacidad y personalidad jurídicas de pueblos y comunidades indígenas para adquirir, operar y administrar medios de comunicación. Asimismo, incorporar un procedimiento expedito y simplificado para el otorgamiento de frecuencias que considere las condiciones reales de marginación en las que y desde las que serán operadas las frecuencias.

Finalmente el legislador, remarcó que espera que los demás legisladores estén sensibles ante la situación que atraviesa los pueblos indígenas y la necesidad de que cuenten con sus propios medios de comunicación y que esto incida en su desarrollo como pueblo.

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