Posibilita la Corte impugnar cobros desmedidos de la CFE

Jesús Aranda
 
Periódico La Jornada
Jueves 7 de junio de 2012, p. 27 

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abandonó ayer un criterio anterior que impedía que los usuarios de servicio eléctrico impugnaran legalmente los cobros desmedidos y otras irregularidades cometidas en su contra por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), al establecer que sí es procedente impugnar, a través de juicio contencioso administrativo, la verificación al medidor del consumidor, contra las órdenes de verificación, cobro o corte del suministro eléctrico, y su ejecución, así como el aviso recibo por concepto de suministro de energía que expide la Comisión Federal de Electricidad. Los ministros consideraron que los consumidores pueden defender sus derechos con base en el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a través del cual pueden paralizarse los efectos de las resoluciones de la CFE, y a determinar que los actos impugnados no son inimpugnables mediante dichos medios de defensa legal, toda vez que se trata de la mera consecuencia del contrato de suministro de energía eléctrica. La decisión de los ministros tuvo su origen en una solicitud de aclaración de tesis jurisprudencial derivada de una contradicción de tesis, presentada por un tribunal de circuito sobre la tesis de jurisprudencia 167/2011 de la SCJN que decía: “CFE. 

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