Resuelve la Suprema Corte de Justicia de la Nación la libertad para indígenas otomíes Alberta y Teresa
Anayeli García Martínez (CIMAC)
Por unanimidad, cinco ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron hoy revocar la sentencia dictada el 19 de febrero del 2010 contra Alberta Alcántara Juan y Teresa González Cornelio, indígenas otomíes acusadas de “secuestrar” a seis elementos de la desaparecida Agencia Federal de Investigación (AFI).
La sesión pública, en la que ambas indígenas fueron absueltas, convocó a una gran cantidad de medios de comunicación, quienes estuvieron pendientes del dictamen de la ministra Olga Sánchez Cordero, quien concluyó que no hay elementos suficientes para acreditar el delito de privación de la libertad en su modalidad de secuestro ni acreditar la responsabilidad de Alberta por delitos contra la salud, es decir, posesión de cocaína.
Por tanto, José de Jesús Gudiño Pelayo, presidente de la Primera Sala de la SCJN resolvió que de inmediato se mandaría un telegrama al juez Cuarto de Distrito en el estado de Querétaro, Rodolfo Pedraza Longi, para que este a su vez gire la orden de liberación.
Caber recordar que Pedraza Longi, impuso a Alberta y Teresa una pena de 21 años de prisión y el pago de una multa de 91 mil pesos, más 70 mil pesos por concepto de “reparación del daño”, luego de responsabilizarlas de haber “secuestrado” a seis elementos de la desaparecida Agencia Federal de Investigaciones (AFI).
Argumentos de la SCJN
El pasado 17 de marzo, el ministro Juan Silva Meza ejerció la facultad del máximo tribunal del país para atraer, de oficio, el recurso de apelación contra la segunda sentencia hacia Alberta y Teresa, encarceladas desde hace casi cuatro años en el penal de San José El Alto, Querétaro.
Fue la ministra Olga Sánchez Cordero quien decidió estudiar el caso, por lo que este día se discutió la apelación penal 2/2010. Al iniciar la discusión, la ministra hizo una reflexión personal en relación a la función de los juzgadores.
Afirmó que “todos los juzgadores, estamos compenetrados de una cultura recursal; es decir, las resoluciones de nuestros jueces, de los jueces de Distrito, de los jueces de Proceso en el Poder Judicial, o bien, en los Poderes locales, son revisables por las instancias superiores”.
Luego de aludir a la autonomía e independencia de los juzgadores; valoró las pruebas y expresó que en el caso de Alberta y Teresa las declaraciones de los agentes presuntamente secuestrados se contraponían: no coincidían en el lugar de los hechos ni en la descripción de las indígenas, por tanto, dijo “no pueden constituir un indicio suficiente para otorgarles la validez probatoria”.
Al tomar la palabra, el ministro Juan Silva Meza, expresó su conformidad con la propuesta del proyecto y manifestó su satisfacción por conocer este caso. Destacó que el caso de Alberta y Teresa tiene importancia por involucrar “valores fundamentales que deberían tener protección: la libertad y la administración de justicia por un Tribunal revisor”.
Grave, el trato para dos mujeres indígenas
Por su parte el ministro Arturo Zaldívar coincidió en que este asunto tuvo un trato especial porque desde un principio “olía a injusticia”. Señaló que es de especial gravedad el trato injusto y discriminatorio del que fueron víctimas dos mujeres indígenas.
Cuando una persona inocente permanece en prisión, ese hecho es “una vergüenza” para el sistema de justicia y cuando se trata de integrantes de grupos vulnerables, lo es aún más”, y estos hechos injustos nos muestran la práctica reiterada en la que incurre nuestro sistema penal, reflexionó el ministro Arturo Zaldívar.
Ante ello consideró que la discusión tenía dos efectos: la inmediata libertad de Alberta y Teresa, y el valor del precedente y el mensaje que la Primera Sala envía a las autoridades del país, “coadyuvando de manera muy clara a decir: queremos que este tipo de prácticas no sigan ocurriendo en nuestro país, y cuando ocurran debe haber jueces para remediarlas”.
En tanto el ministro presidente de la sala, José de Jesús Gudiño Pelayo, destacó la condición de verosimilitud (que sean creíbles los hechos), una condición que no existió en este caso. En el supuesto secuestro, los agentes no reportaron el evento a sus superiores pero salieron a pedir una cooperación para pagar los 70 mil pesos de rescate, recurriendo a la “buena voluntad” de la gente.
Después de dirigir una pregunta a los agentes -¿por qué no se emplearon estrategias policíacas para su liberación?- dijo que se dio prioridad a las acusaciones de los agentes y a su visión de los hechos, mientras que no se dio mayor importancia a las declaraciones preparatorias de las inculpadas.
“No se cometió secuestro”
En 2006 Alberta y Teresa fueron acusadas de secuestrar a seis elementos de la extinta AFI, luego de que el 26 de marzo de 2006, un grupo de elementos de dicha corporación, sin uniforme, realizaron un operativo contra la piratería en el tianguis de Santiago Mexquititlán, Querétaro.
Durante los hechos, destruyeron mercancía de los vendedores porque los comerciantes se oponían al despojo. Luego del descontento social los agentes dijeron que pagarían los daños, pero no cumplieron. Cuatro meses después se aprehendió a tres mujeres: Alberta, Teresa y Jacinta (quién fue liberada el 16 septiembre de 2009) acusadas de privación ilegal de la libertad.
Finalizada la discusión en la SCJN, donde la y los ministros Olga Sánchez Cordero, Juan Silva Meza, José de Jesús Gudiño Pelayo, Arturo Zaldívar y José Ramón Cossío Díaz, exoneraron a ambas indígenas, mientras que Luis Arriaga Valenzuela, director del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) manifestó su beneplácito por la resolución.
Cuestionado por los medios, afirmó que “el 26 de marzo de 2006 no se cometió ningún secuestro” y destacó que la resolución de la SCJN podría sentar precedentes para que no se repitan estos hechos e insistió en que la Procuraduría General de la República (PGR) y el juez que las condenó deben responder por este caso lleno de irregularidades.
Finalmente comentó que después de la liberación de las indígenas otomíes, pensarán en la forma de pedir la reparación del daño y buscar que los culpables de las irregularidades en el proceso de Alberta y Teresa sean castigados.
Fuente
Por unanimidad, cinco ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron hoy revocar la sentencia dictada el 19 de febrero del 2010 contra Alberta Alcántara Juan y Teresa González Cornelio, indígenas otomíes acusadas de “secuestrar” a seis elementos de la desaparecida Agencia Federal de Investigación (AFI).
La sesión pública, en la que ambas indígenas fueron absueltas, convocó a una gran cantidad de medios de comunicación, quienes estuvieron pendientes del dictamen de la ministra Olga Sánchez Cordero, quien concluyó que no hay elementos suficientes para acreditar el delito de privación de la libertad en su modalidad de secuestro ni acreditar la responsabilidad de Alberta por delitos contra la salud, es decir, posesión de cocaína.
Por tanto, José de Jesús Gudiño Pelayo, presidente de la Primera Sala de la SCJN resolvió que de inmediato se mandaría un telegrama al juez Cuarto de Distrito en el estado de Querétaro, Rodolfo Pedraza Longi, para que este a su vez gire la orden de liberación.
Caber recordar que Pedraza Longi, impuso a Alberta y Teresa una pena de 21 años de prisión y el pago de una multa de 91 mil pesos, más 70 mil pesos por concepto de “reparación del daño”, luego de responsabilizarlas de haber “secuestrado” a seis elementos de la desaparecida Agencia Federal de Investigaciones (AFI).
Argumentos de la SCJN
El pasado 17 de marzo, el ministro Juan Silva Meza ejerció la facultad del máximo tribunal del país para atraer, de oficio, el recurso de apelación contra la segunda sentencia hacia Alberta y Teresa, encarceladas desde hace casi cuatro años en el penal de San José El Alto, Querétaro.
Fue la ministra Olga Sánchez Cordero quien decidió estudiar el caso, por lo que este día se discutió la apelación penal 2/2010. Al iniciar la discusión, la ministra hizo una reflexión personal en relación a la función de los juzgadores.
Afirmó que “todos los juzgadores, estamos compenetrados de una cultura recursal; es decir, las resoluciones de nuestros jueces, de los jueces de Distrito, de los jueces de Proceso en el Poder Judicial, o bien, en los Poderes locales, son revisables por las instancias superiores”.
Luego de aludir a la autonomía e independencia de los juzgadores; valoró las pruebas y expresó que en el caso de Alberta y Teresa las declaraciones de los agentes presuntamente secuestrados se contraponían: no coincidían en el lugar de los hechos ni en la descripción de las indígenas, por tanto, dijo “no pueden constituir un indicio suficiente para otorgarles la validez probatoria”.
Al tomar la palabra, el ministro Juan Silva Meza, expresó su conformidad con la propuesta del proyecto y manifestó su satisfacción por conocer este caso. Destacó que el caso de Alberta y Teresa tiene importancia por involucrar “valores fundamentales que deberían tener protección: la libertad y la administración de justicia por un Tribunal revisor”.
Grave, el trato para dos mujeres indígenas
Por su parte el ministro Arturo Zaldívar coincidió en que este asunto tuvo un trato especial porque desde un principio “olía a injusticia”. Señaló que es de especial gravedad el trato injusto y discriminatorio del que fueron víctimas dos mujeres indígenas.
Cuando una persona inocente permanece en prisión, ese hecho es “una vergüenza” para el sistema de justicia y cuando se trata de integrantes de grupos vulnerables, lo es aún más”, y estos hechos injustos nos muestran la práctica reiterada en la que incurre nuestro sistema penal, reflexionó el ministro Arturo Zaldívar.
Ante ello consideró que la discusión tenía dos efectos: la inmediata libertad de Alberta y Teresa, y el valor del precedente y el mensaje que la Primera Sala envía a las autoridades del país, “coadyuvando de manera muy clara a decir: queremos que este tipo de prácticas no sigan ocurriendo en nuestro país, y cuando ocurran debe haber jueces para remediarlas”.
En tanto el ministro presidente de la sala, José de Jesús Gudiño Pelayo, destacó la condición de verosimilitud (que sean creíbles los hechos), una condición que no existió en este caso. En el supuesto secuestro, los agentes no reportaron el evento a sus superiores pero salieron a pedir una cooperación para pagar los 70 mil pesos de rescate, recurriendo a la “buena voluntad” de la gente.
Después de dirigir una pregunta a los agentes -¿por qué no se emplearon estrategias policíacas para su liberación?- dijo que se dio prioridad a las acusaciones de los agentes y a su visión de los hechos, mientras que no se dio mayor importancia a las declaraciones preparatorias de las inculpadas.
“No se cometió secuestro”
En 2006 Alberta y Teresa fueron acusadas de secuestrar a seis elementos de la extinta AFI, luego de que el 26 de marzo de 2006, un grupo de elementos de dicha corporación, sin uniforme, realizaron un operativo contra la piratería en el tianguis de Santiago Mexquititlán, Querétaro.
Durante los hechos, destruyeron mercancía de los vendedores porque los comerciantes se oponían al despojo. Luego del descontento social los agentes dijeron que pagarían los daños, pero no cumplieron. Cuatro meses después se aprehendió a tres mujeres: Alberta, Teresa y Jacinta (quién fue liberada el 16 septiembre de 2009) acusadas de privación ilegal de la libertad.
Finalizada la discusión en la SCJN, donde la y los ministros Olga Sánchez Cordero, Juan Silva Meza, José de Jesús Gudiño Pelayo, Arturo Zaldívar y José Ramón Cossío Díaz, exoneraron a ambas indígenas, mientras que Luis Arriaga Valenzuela, director del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) manifestó su beneplácito por la resolución.
Cuestionado por los medios, afirmó que “el 26 de marzo de 2006 no se cometió ningún secuestro” y destacó que la resolución de la SCJN podría sentar precedentes para que no se repitan estos hechos e insistió en que la Procuraduría General de la República (PGR) y el juez que las condenó deben responder por este caso lleno de irregularidades.
Finalmente comentó que después de la liberación de las indígenas otomíes, pensarán en la forma de pedir la reparación del daño y buscar que los culpables de las irregularidades en el proceso de Alberta y Teresa sean castigados.
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