Expediente Genaro García Luna al descubierto

Por Reporte Índigo
24/01/2009 - 05:00 AM

México, DF.- Por una solicitud hecha por Reporte Índigo, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública ordenó a la PGR entregar información clasificada sobre el secretario de Seguridad Pública.

Hace siete meses, Reporte Índigo solicitó a la PGR información sobre la cantidad de averiguaciones previas en las que el secretario de Seguridad Pública apareciera como indiciado y copia de aquéllas que ya hubieran sido cerradas.

La PGR respondió, hace cuatro meses, que no entregaría dicha información para cuidar el “buen nombre” del funcionario y aclaró que la daría a conocer hasta 2020.

Ante un recurso de inconformidad interpuesto por Reporte Índigo, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) determinó por unanimidad que la PGR entregara el número de averiguaciones previas, cerradas o en proceso, en las que García Luna fuera indiciado y copia pública de aquellas que hayan concluido, ya sea por haber sido consignadas ante un juez o porque se hubiera declarado el no ejercicio de la acción penal.

Los cinco consejeros del IFAI coincidieron en que la información es de interés público, porque la sociedad merece saber si el funcionario responsable de la seguridad pública del país es idóneo para el cargo, así la decisión se hizo pública el miércoles 21 de enero.

La Procuraduría reconoció, ante el organismo ciudadano, que estaba en curso una averiguación contra García Luna por actos de corrupción. Por una solicitud hecha por Reporte Índigo, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública ordenó a la PGR entregar información clasificada sobre el secretario de Seguridad Pública.

El fallo del IFAI es un revés al círculo de protección oficial que hasta ahora ha rodeado a García Luna, ahora hay que esperar a que la PGR cumpla.

LA HISTORIA OSCURA
En octubre de 2008, Genaro García Luna vivía su momento más frágil como secretario de Seguridad Pública, fue entonces cuando se descubrió la protección que brindaba, junto con el subsecretario Facundo Rosas Rosas, a la comandante de la PFP Lorena González Hernández, presunta integrante de la banda de secuestradores “La Flor”.

Se reveló que uno de sus colaboradores más allegados, Luis Cárdenas Palomino, coordinador general de Inteligencia para la Prevención del Delito de la PFP, había tenido una averiguación previa en su contra por estar involucrado en un caso de triple homicidio.

Las dudas sobre la probidad del funcionario y su equipo, así como las historias sobre una presunta carrera de irregularidades desde que fue titular de la Agencia Federal de Investigación (AFI), estaban a la orden del día.

Por eso era fundamental saber si García Luna tenía averiguaciones previas en su contra, pero la PGR le tendió una red de protección.

El 11 de julio de 2008, con base en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Reporte Índigo hizo una solicitud formal a la PGR para conocer el número de averiguaciones previas en las que García Luna apareciera como indiciado. Se pidió información de 1990 a la fecha de la solicitud. Por lo que respecta a las causas concluidas, se requirió copia de dichas averiguaciones.

La PGR tardó más de dos meses en responder. Reconoció que sí había averiguaciones previas contra García Luna –no especificó cuántas ni qué delitos se le imputaban–, pero se negó a entregar la información argumentando que con ello protegía el “buen nombre” del funcionario (Reporte Índigo 102):

“... los ciudadanos tienen el derecho de saber lo que hace el poder público, los periodistas tienen derecho de solicitar esa información y las autoridades están obligadas a proporcionarla. Aun así, debe prevalecer el hecho de que no toda la información del Estado puede hacerse pública, al menos no de modo inmediato.

“Debe haber por eso una clasificación de los documentos oficiales que distinga entre aquéllos que pueden hacerse del dominio público, los que deben reservarse para un círculo restringido, los que deben mantenerse en secreto...”, dijo la PGR.

La dependencia advirtió que si el solicitante de la información no era inculpado, defensor o víctima en la averiguación, no tenía derecho a conocerla.

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