Un paso más en el ámbito jurídico laboral
El viernes pasado fue otorgado el ampara a favor del SME, en el que se especifica “SINDICATOS, NO REQUIEREN PODER DE SUS MIEMBROS PARA COMPARECER A JUICIO. El Artículo 460 de la Ley Federal del Trabajo faculta a los sindicatos para comparecer ante las Juntas como actores o demandados en defensa de sus derechos colectivos y de los derechos individuales que corresponden a sus miembros, en su calidad de asociados. Consiguientemente, ninguno de los trabajadores agremiados tiene por qué firmar las demandas ni tampoco por qué otorgar poder a los representantes sindicales para que formulen tales demandas en su nombre y representación, toda vez que los legítimos representantes de los derechos o intereses profesionales de los trabajadores ante las empresas son los comités ejecutivos y los representantes de los sindicatos mayoritarios legalmente registrados y autorizados”.
Como recordarán, el 8 de marzo del presente año la junta especial número 5 de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dictaminó que los agremiados al Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) no habían demostrado ser miembros de él, por lo cual cada trabajador tenía que asistir a una audiencia confesional de manera individual, se llevaría cerca de 8 años para terminar con las confesionales.
A partir de que el amparo da efecto, los legítimos representantes de los derechos o intereses profesionales de los trabajadores ante las empresas son los comités ejecutivos, en este caso, el Comité Central del SME, encabezado por Martín Esparza Flores, Secretario General.
VÍA SME1914
Como recordarán, el 8 de marzo del presente año la junta especial número 5 de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dictaminó que los agremiados al Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) no habían demostrado ser miembros de él, por lo cual cada trabajador tenía que asistir a una audiencia confesional de manera individual, se llevaría cerca de 8 años para terminar con las confesionales.
A partir de que el amparo da efecto, los legítimos representantes de los derechos o intereses profesionales de los trabajadores ante las empresas son los comités ejecutivos, en este caso, el Comité Central del SME, encabezado por Martín Esparza Flores, Secretario General.
VÍA SME1914
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