Corte niega amparo a Néstor Félix Moreno, exdirectivo de CFE

 

Esta resolución deja firma la sentencia de ocho años de prisión que se le impuso al exfuncionario por enriquecimiento ilícito por 36 mdp.

David Saúl Vela
11/11/2020

La Suprema Corte negó un amparo a Néstor Félix Moreno Díaz, exdirectivo de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), lo que deja firme la sentencia de ocho años de prisión que se le impuso al exfuncionario en 2017 por enriquecimiento ilícito por 36 millones de pesos.

Se trata de la segunda sentencia que emite la Suprema Corte contra Néstor Félix Moreno, actualmente considerado como prófugo de la justicia debido a que la Fiscalía General de la República (FGR) ha sido incapaz de detenerlo.

En septiembre de 2019 la SCJN desechó, por improcedente, la petición de Moreno Díaz para que el Tribunal Constitucional resolviera un amparo directo en revisión con el que buscaba echar abajo la sentencia en su contra.

La SCJN consideró en aquel momento que el caso no tenía el carácter de “importancia y trascendencia” en términos de la fracción IX del artículo 107 de la Constitución de la República.

Este miércoles la Primera Sala de la Suprema Corte, a propuesta de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, desechó un amparo promovido por el exdirectivo de la CFE quien alegó la inconstitucional del artículo 224 del Código Penal Federal que se le aplicó para sentenciarlo.

El proyecto aprobado este miércoles por unanimidad de votos, los ministros señalaron que son infundados todos y cada uno de los argumentos que planteó Moreno Díaz.

Y es que el exdirectivo de la CFE alegó que dicho precepto violaba en su contra los principios de legalidad y seguridad jurídica en materia penal, presunción de inocencia y no autoincriminación.

“El artículo 224 del Código Penal Federal es compatible con los principios de legalidad y seguridad jurídica en materia penal, presunción de inocencia y el derecho a la no autoincriminación, previstos en los artículos 14, 16 y 20 de la Constitución”, dice la sentencia aprobada.

 

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