"Técnicamente no proceden" los delitos de los que se acusa a Gordillo: juristas

Alfredo Méndez
 
Periódico La Jornada
Lunes 11 de marzo de 2013, p. 9
 
Los abogados de Elba Esther Gordillo están convencidos de que en el proceso contra la ex lideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) lograrán desvanecer las pruebas aportadas por la Procuraduría General de la República (PGR) con las que le imputó lavado de dinero y delincuencia organizada, y confían en demostrar la procedencia lícita de los millonarios recursos presuntamente desviados por la maestra.
Por otra parte, han crecido en días recientes las críticas de conocidos penalistas –entre ellos José Luis Nassar Daw, Raúl F. Cárdenas y José Patiño Hurtado– a las imputaciones hechas contra Gordillo.
A decir de estos abogados, las conductas delictivas atribuidas a la ex priísta no se encuadran en ninguno de los dos tipos penales que le imputaron.
Según Patiño –ex director jurídico de la delegación Tlalpan que en los años 90 llevó a la cárcel a la hoy activista Isabel Miranda de Wallace, acusada de intento de homicidio de funcionarios públicos–, a la profesora no se le puede acusar por lavado de dinero, dado que los recursos detectados por la Secretaría de Hacienda tienen como origen las cuotas sindicales, es decir, son lícitos, por tanto no había necesidad de blanquearlos.
Bajo este argumento, la acusación por crimen organizado por sí sola se desvanece, dijo Patiño.
Entonces, la acusación tendría que haber sido presentada por malversación de fondos, algún tipo especial de fraude, o incluso por defraudación fiscal, pues el dueño del dinero es el sindicato y no el Estado mexicano ni un particular, añadió.
Lo que marca la ley
Patiño indicó que la Ley Federal del Trabajo refiere en su artículo 359 que los sindicatos tienen el derecho de determinar libremente la manera en que administrarán su dinero, mientras que el 373 establece que la rendición de cuentas deberá ser conforme a los estatutos del gremio. Hasta ahora, que se sepa, el SNTE no ha presentado denuncia alguna contra la profesora, señaló.
El penalista José Luis Nassar Daw –que entre otros casos polémicos encabezó la defensa de Raúl Salinas de Gortari, acusado de enriquecimiento ilícito–, al referirse al caso Elba Esther Gordillo, escribió la semana pasada en su cuenta de Twitter: si no se tipifica el delito de operaciones de lavado de dinero mucho menos delincuencia organizada. Por qué se exhiben? Política y derecho penal?
En el mismo sentido ha opinado el penalista Raúl F. Cárdenas. Este especialista en delitos patrimoniales ha dicho en diversas entrevistas radiofónicas que fue un error, desde mi personal punto de vista y respetuosamente, de la procuraduría, haberla acusado de lavado de dinero. Es indudable, se pueden haber cometido otros delitos, es evidente el desvío de recursos, pero la debían de haber acusado precisamente de los que sí cometió, pero no inventar uno que técnicamente no procede.
Añadió que lo más probable es que si se le sigue un proceso por un delito que técnicamente no es el que procedía, si se llega a la sentencia y ahí se dan cuenta que se equivocaron, pues ya no pueden volver a juzgar por los mismos hechos y van a terminar dejándola en libertad.
Finalmente, Rigoberto González, abogado de Gordillo Morales, dijo en entrevista que los recursos provinieron de cuentas lícitas y que fueron utilizados de manera legal, por lo que no hay razón para que el juez federal dicte auto de formal prisión a los acusados.
En mi experiencia, no veo elementos para que se les imputen esos delitos. El dinero es lícito; a ver de dónde van a sacar que proviene de fuentes ilícitas, expresó en entrevista.
De acuerdo con la PGR, la denuncia contra Gordillo se hizo en torno al análisis de las cuentas bancarias 5637017000001663 y 5637017000003616 de Santander, pertenecientes al SNTE, y en las que se descubrió un desvío de mil 978 millones de pesos, que fueron utilizados en tiendas departamentales de lujo, galerías de arte, compra de aviones y cirugías estéticas.
 
 
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