Suspende ministra resolución de juez que negó a Ifetel facultades de retransmisión
Jesús Aranda, Víctor Ballinas y Miriam Posada García
Periódico La Jornada
Martes 18 de febrero de 2014, p. 23
Martes 18 de febrero de 2014, p. 23
La ministra Olga Sánchez Cordero admitió la
controversia constitucional que presentó el presidente Enrique Peña
Nieto en contra del acuerdo emitido por el juez 32 de lo Civil del
Distrito Federal, que determinó que el Instituto Federal de
Telecomunicaciones (Ifetel) carece de competencia para ordenar la
retransmisión gratuita de los canales de televisión abierta a través de
canales de televisión restringida.
Sánchez Cordero concedió la suspensión de la resolución del juez 32
de lo civil del Distrito Federal por considerar que dicha sentencia
invadía incluso atribuciones exclusivas de la Suprema Corte. Sin
embargo, el Ifetel tendrá que esperar a que la Corte resuelva el fondo
de la controversia para determinar si Dish puede retransmitir o no las
señales de televisión abierta de Televisa y Tv Azteca.Anoche, a través de un comunicado, la Presidencia de la República informó haber sido notificada del acuerdo emitido por la ministra Sánchez Cordero, mediante el cual se acepta la controversia presentada por el presidente Peña Nieto.
La demanda presentada por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República fue admitida a trámite el pasado jueves por el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Juan N. Silva Meza, quien ese mismo día la turnó a Sánchez Cordero, quien este lunes admitió la demanda y emplazó al Ejecutivo federal, al Ifetel y al juez 32 de lo Civil del Distrito Federal para que aleguen lo que a su derecho corresponda.
Sánchez Cordero no tiene fecha límite para presentar ante el pleno de ministros su proyecto de dictamen ya que, trascendió, en su demanda Peña Nieto no solicitó a la Corte que se agilizara la resolución de la controversia.
El pasado jueves, la Consejería de la Presidencia de la República interpuso la controversia constitucional contra el juez que negó al Ifetel las facultades para resolver sobre la retransmisión en televisión de paga de los contenidos de la televisión abierta, por considerar que el juzgador local invadió las facultades constitucionales del instituto al no permitirle que resolviera sobre el diferendo entre Televisa y Tv Azteca con Dish por el llamado must carry y must offer.
En tanto, el senador del PRD, Zoé Robledo, denunció que el Congreso hizo un exhorto al Ifetel, el 29 de enero,
para que hiciera uso de sus facultades y resolviera de manera prioritaria la preponderancia de los agentes económicos en el mercado de telecomunicaciones involucrados directa e indirectamente en la retransmisión de señales radiodifundidas, pero inexplicablemente la mesa directiva de la Comisión Permanente lo turnó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Añadió que la SCT
me respondió, pues fui yo quien promovió el exhorto al Ifetel, que no era competente como dependencia, ya que el Ifetel es órgano autónomo. Claro, eso lo sabemos, por eso el Congreso aprobó el exhorto al Ifetel, no a la SCT.
Por ello, cuestionó el senador del PRD,
queremos saber por qué se le envió a la SCT el oficio que era para el Ifetel, y
hacemos un llamado a la SCT para que nos muestre el oficio que recibió, o si la respuesta que nos hizo llegar la hizo de manera oficiosa o la atrajo por alguna otra razón.
No se violan derechos autorales con la retransmisión: Bauer
El apoderado legal de Dish, Peter Bauer, señaló que con
la retransmisión de programas de Televisa no se violan sus derechos
autorales y tampoco se invade el mercado publicitario. Indicó que en el
litigio promovido por Televisa en contra de Dish a través del juzgado 32
de lo civil no se defienden los derechos de autor de cantantes, músicos
o actores en general, sino los de la televisora como productora de
contenidos, y destacó que si bien la Constitución protege los derechos
de autor, también instruye con precisión al Ifetel sobre la
retransmisión de señales.
En respuesta a la postura que fijó Televisa en entrevista
radiofónica con Multivisión el viernes pasado, Peter Bauer dijo por el
mismo medio que la táctica de Televisa de recurrir a un litigio para
detener el trabajo del Ifetel es similar a la que se usó en 2010 con la
licitación 21,
Bauer señaló que es cierto que en el litigio con Televisa un tribunal colegiado señaló que el juzgado 32 tiene facultades para resolver sobre derechos autorales pero, puntualizó, se trata de un caso de 2011, antes de la reforma constitucional mediante la cual se creó el Ifetel como organismo autónomo con facultades otorgadas por la Constitución, por lo que el juez 32
Explicó que Televisa no puede alegar afectación a los derechos de autor ni a sus intereses económicos con la retransmisión de señales o contenidos, porque no hay explotación comercial. “No existe tal porque la Constitución estableció como parámetros para la retransmisión la gratuidad, integridad y simultaneidad, incluyendo la publicidad. Y esa publicidad le genera ingresos a Televisa, Azteca y a cualquiera en los mismos términos porque a final de cuentas en televisión abierta los anunciantes le pagan a las televisoras por cada televidente que mira sus comerciales. Así hay 2.5 millones de telehogares que ya no ven la tele con antena de conejo y la ven a través de Dish, esos millones cuentan para las tarifas publicitarias que se le pagan a Televisa y Tv Azteca, no se violan derechos autorales. No se viola la Constitución”.
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cuando se puso en jaque la capacidad del Estado para asignar espectro. Añadió que lo que se verá en adelante
será una estrategia para retrasar todo lo que a Televisa no le convenga, y adelantar los temas de telecomunicaciones donde la empresa tiene todo que ganar.
Bauer señaló que es cierto que en el litigio con Televisa un tribunal colegiado señaló que el juzgado 32 tiene facultades para resolver sobre derechos autorales pero, puntualizó, se trata de un caso de 2011, antes de la reforma constitucional mediante la cual se creó el Ifetel como organismo autónomo con facultades otorgadas por la Constitución, por lo que el juez 32
ha sido temerarioal afirmar que el Ifetel no puede ordenar la retransmisión de señales, y lo responsabilizó de tener una conducta
contumaz.
Explicó que Televisa no puede alegar afectación a los derechos de autor ni a sus intereses económicos con la retransmisión de señales o contenidos, porque no hay explotación comercial. “No existe tal porque la Constitución estableció como parámetros para la retransmisión la gratuidad, integridad y simultaneidad, incluyendo la publicidad. Y esa publicidad le genera ingresos a Televisa, Azteca y a cualquiera en los mismos términos porque a final de cuentas en televisión abierta los anunciantes le pagan a las televisoras por cada televidente que mira sus comerciales. Así hay 2.5 millones de telehogares que ya no ven la tele con antena de conejo y la ven a través de Dish, esos millones cuentan para las tarifas publicitarias que se le pagan a Televisa y Tv Azteca, no se violan derechos autorales. No se viola la Constitución”.
Pide Televisa correcta aplicación de la reforma constitucional
Televimex, filial de Televisa para la transmisión de
contenidos en televisión abierta, señaló al Ifetel que en los
lineamientos para la aplicación del must carry y must offer se hace una
En un documento que Televimex presentó al Instituto Federal de
Telecomunicaciones como parte de la consulta pública sobre los
lineamientos generales para el cumplimiento del must carry y must offer, el representante de la empresa, Joaquín Balcárcel Santa Cruz, señaló que su representada se manifiesta a favor de la incorrecta interpretacióndel mandato constitucional y se tiene un inadecuado concepto de
señaly
territorio nacional, por lo que no puede ordenar la retransmisión de los canales 2 y 5 de esa empresa.
correctaaplicación de la reforma constitucional a telecomunicaciones, y argumentó que la interpretación legal que se da en los lineamientos
es incorrecta y conlleva serias distorsiones a la normatividad vigente.
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