Suspende ministra resolución de juez que negó a Ifetel facultades de retransmisión


Jesús Aranda, Víctor Ballinas y Miriam Posada García
 
Periódico La Jornada
Martes 18 de febrero de 2014, p. 23
 
La ministra Olga Sánchez Cordero admitió la controversia constitucional que presentó el presidente Enrique Peña Nieto en contra del acuerdo emitido por el juez 32 de lo Civil del Distrito Federal, que determinó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de los canales de televisión abierta a través de canales de televisión restringida.
Sánchez Cordero concedió la suspensión de la resolución del juez 32 de lo civil del Distrito Federal por considerar que dicha sentencia invadía incluso atribuciones exclusivas de la Suprema Corte. Sin embargo, el Ifetel tendrá que esperar a que la Corte resuelva el fondo de la controversia para determinar si Dish puede retransmitir o no las señales de televisión abierta de Televisa y Tv Azteca.
Anoche, a través de un comunicado, la Presidencia de la República informó haber sido notificada del acuerdo emitido por la ministra Sánchez Cordero, mediante el cual se acepta la controversia presentada por el presidente Peña Nieto.
La demanda presentada por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República fue admitida a trámite el pasado jueves por el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Juan N. Silva Meza, quien ese mismo día la turnó a Sánchez Cordero, quien este lunes admitió la demanda y emplazó al Ejecutivo federal, al Ifetel y al juez 32 de lo Civil del Distrito Federal para que aleguen lo que a su derecho corresponda.
Sánchez Cordero no tiene fecha límite para presentar ante el pleno de ministros su proyecto de dictamen ya que, trascendió, en su demanda Peña Nieto no solicitó a la Corte que se agilizara la resolución de la controversia.
El pasado jueves, la Consejería de la Presidencia de la República interpuso la controversia constitucional contra el juez que negó al Ifetel las facultades para resolver sobre la retransmisión en televisión de paga de los contenidos de la televisión abierta, por considerar que el juzgador local invadió las facultades constitucionales del instituto al no permitirle que resolviera sobre el diferendo entre Televisa y Tv Azteca con Dish por el llamado must carry y must offer.
En tanto, el senador del PRD, Zoé Robledo, denunció que el Congreso hizo un exhorto al Ifetel, el 29 de enero, para que hiciera uso de sus facultades y resolviera de manera prioritaria la preponderancia de los agentes económicos en el mercado de telecomunicaciones involucrados directa e indirectamente en la retransmisión de señales radiodifundidas, pero inexplicablemente la mesa directiva de la Comisión Permanente lo turnó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Añadió que la SCT me respondió, pues fui yo quien promovió el exhorto al Ifetel, que no era competente como dependencia, ya que el Ifetel es órgano autónomo. Claro, eso lo sabemos, por eso el Congreso aprobó el exhorto al Ifetel, no a la SCT.
Por ello, cuestionó el senador del PRD, queremos saber por qué se le envió a la SCT el oficio que era para el Ifetel, y hacemos un llamado a la SCT para que nos muestre el oficio que recibió, o si la respuesta que nos hizo llegar la hizo de manera oficiosa o la atrajo por alguna otra razón.
No se violan derechos autorales con la retransmisión: Bauer
El apoderado legal de Dish, Peter Bauer, señaló que con la retransmisión de programas de Televisa no se violan sus derechos autorales y tampoco se invade el mercado publicitario. Indicó que en el litigio promovido por Televisa en contra de Dish a través del juzgado 32 de lo civil no se defienden los derechos de autor de cantantes, músicos o actores en general, sino los de la televisora como productora de contenidos, y destacó que si bien la Constitución protege los derechos de autor, también instruye con precisión al Ifetel sobre la retransmisión de señales.
En respuesta a la postura que fijó Televisa en entrevista radiofónica con Multivisión el viernes pasado, Peter Bauer dijo por el mismo medio que la táctica de Televisa de recurrir a un litigio para detener el trabajo del Ifetel es similar a la que se usó en 2010 con la licitación 21, cuando se puso en jaque la capacidad del Estado para asignar espectro. Añadió que lo que se verá en adelante será una estrategia para retrasar todo lo que a Televisa no le convenga, y adelantar los temas de telecomunicaciones donde la empresa tiene todo que ganar.
Bauer señaló que es cierto que en el litigio con Televisa un tribunal colegiado señaló que el juzgado 32 tiene facultades para resolver sobre derechos autorales pero, puntualizó, se trata de un caso de 2011, antes de la reforma constitucional mediante la cual se creó el Ifetel como organismo autónomo con facultades otorgadas por la Constitución, por lo que el juez 32 ha sido temerario al afirmar que el Ifetel no puede ordenar la retransmisión de señales, y lo responsabilizó de tener una conducta contumaz.
Explicó que Televisa no puede alegar afectación a los derechos de autor ni a sus intereses económicos con la retransmisión de señales o contenidos, porque no hay explotación comercial. “No existe tal porque la Constitución estableció como parámetros para la retransmisión la gratuidad, integridad y simultaneidad, incluyendo la publicidad. Y esa publicidad le genera ingresos a Televisa, Azteca y a cualquiera en los mismos términos porque a final de cuentas en televisión abierta los anunciantes le pagan a las televisoras por cada televidente que mira sus comerciales. Así hay 2.5 millones de telehogares que ya no ven la tele con antena de conejo y la ven a través de Dish, esos millones cuentan para las tarifas publicitarias que se le pagan a Televisa y Tv Azteca, no se violan derechos autorales. No se viola la Constitución”.
Pide Televisa correcta aplicación de la reforma constitucional
Televimex, filial de Televisa para la transmisión de contenidos en televisión abierta, señaló al Ifetel que en los lineamientos para la aplicación del must carry y must offer se hace una incorrecta interpretación del mandato constitucional y se tiene un inadecuado concepto de señal y territorio nacional, por lo que no puede ordenar la retransmisión de los canales 2 y 5 de esa empresa.
En un documento que Televimex presentó al Instituto Federal de Telecomunicaciones como parte de la consulta pública sobre los lineamientos generales para el cumplimiento del must carry y must offer, el representante de la empresa, Joaquín Balcárcel Santa Cruz, señaló que su representada se manifiesta a favor de la correcta aplicación de la reforma constitucional a telecomunicaciones, y argumentó que la interpretación legal que se da en los lineamientos es incorrecta y conlleva serias distorsiones a la normatividad vigente.

Fuente

Comentarios