Admite la Corte dar trámite a la petición de que revise amparo contra extinción de LFC

Jesús Aranda
Periódico La Jornada
Jueves 4 de febrero de 2010, p. 14

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la solicitud de la Procuraduría General de República (PGR) y del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) para conocer la solicitud de amparo contra el decreto presidencial por el cual se extinguió Luz y Fuerza del Centro (LFC).

El máximo tribunal dio entrada a la petición –turnada por el cuarto tribunal colegiado en materia de trabajo del primer circuito– a efecto de resolver el amparo en revisión 12/2010, en el que el SME impugnó el decreto presidencial del pasado 10 de octubre.

De acuerdo con el documento presentado por el tribunal, los electricistas demandan la inconstitucionalidad del artículo 16 de la Ley Federal de Entidades Paraestales, el cual señala: “Cuando un organismo descentralizado creado por el Ejecutivo deje de cumplir sus fines u objeto, o su funcionamiento no resulte ya conveniente desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público, la Secretaría de Hacienda, atendiendo la opinión de la dependencia coordinadora del sector que corresponda, propondrá al Ejecutivo federal la disolución, liquidación o extinción de aquél. Asimismo, podrá sugerir su fusión, cuando su actividad combinada redunde en aumento de eficiencia y productividad”.
Una vez que el asunto fue admitido a trámite, pasará a una de las dos salas de la SCJN para que se designe a un ministro instructor, quien deberá elaborar un dictamen en el que acepte o rechace la petición.

Apenas el pasado martes, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social había solicitado al cuarto tribunal colegiado que turnara el expediente a la Corte, para que ésta se pronunciara sobre los aspectos del amparo que tienen que ver con la constitucionalidad del decreto, y que, posteriormente, los magistrados del tribunal se abocaran a resolver lo relativo a los temas de legalidad.

Uno de los asuntos centrales impugnados por los electricistas ante el tribunal es que la juez de primera instancia –quien negó el amparo– consideró que el decreto de extinción de LFC no fue un acto privativo de derechos laborales de más de 40 mil trabajadores, porque no tenía tal finalidad, sino extinguir a LFC por considerar que era una empresa improductiva, ineficiente y cara.

La SCJN tendrá que resolver en las próximas semanas si ejerce su facultad para conocer dicho amparo.
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