Flexibilidad de operación, única diferencia sustancial entre contratos de LFC y CFE

Fabiola Martínez
Periódico La Jornada
Martes 2 de febrero de 2010, p. 9

La única diferencia sustancial entre los contratos colectivos de trabajo en Luz y Fuerza del Centro (LFC) y Comisión Federal de Electricidad (CFE) es la “flexibilidad” en la operación de las empresas, relativa a la movilidad de sus empleados y el pago por productividad.

En ese contexto, a raíz de la historia distinta entre uno y otro gremio, el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (SUTERM) ha aceptado que alrededor de 20 por ciento de la plantilla sea de empleados de confianza, mientras el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) mantuvo el nivel de 2 por ciento.

Algunas prestaciones son más elevadas para los afiliados al SUTERM, por ejemplo, el periodo de vacaciones.

Un trabajador de CFE de nuevo ingreso disfrutará, al cumplir un año de antigüedad, 12 días hábiles de vacaciones y un pago adicional (prima) equivalente a 13 días de salario.

En el caso de LFC, son seis días al cumplir un año, sin prima vacacional.

En el lado opuesto, con 25 años o más de servicio, en la CFE gozarán de 24 días hábiles de descanso, con pago adicional de 50 días de salario. En LFC, por 25 años, son 45 días de vacaciones, sin prima.

Pensiones

El costo por pensiones es un poco más caro en la CFE, debido al nivel salarial de sus empleados y porque hay mayor número de trabajadores retirados.

En LFC había, al momento del decreto de extinción, 22 mil 137 jubilados, mientras en CFE la cifra ronda 28 mil sindicalizados. La diferencia es que también entra en la nómina su amplio sector de empleados de confianza, con salarios sustancialmente mayores a los de los afiliados al SUTERM.

El contrato colectivo firmado por el sindicato de la CFE (2008-2010) otorga pensión de 60 por ciento del salario cuando un electricista con 10 años de servicio se retira por riesgos de trabajo, pero al llegar a 30 años de antigüedad gozará de su salario íntegro, como si continuara en activo. El mismo esquema se aplica para los afiliados al SME.

En la CFE existe una cláusula que prohíbe el despido de los trabajadores que hayan cumplido 20 años de antigüedad, excepto en los casos de robo o fraude debidamente comprobados. “Las demás faltas se sancionarán disciplinariamente”, señala.

En el SME no hay cláusula que evite el despido, sólo se decide, de manera bilateral, en el departamento de relaciones laborales. Esto es, un acuerdo verbal y de usos y costumbres.

Respecto al consumo de energía (subsidiada para los empleados de estas empresas), la diferencia estriba en que para el SME (400 pesos al bimestre) se incluye independientemente de si se usó o no, y en el caso del SUTERM, si el trabajador no rebasa el consumo fijado (hasta 350 kilovatios hora), el patrón está obligado a regresarle en dinero el restante de la prestación, a razón de un centavo por kilovatio hora.
Respecto a la bilateralidad para fijar las condiciones de trabajo en ambas empresas, se ha criticado al SME, especialmente por su influencia en el ingreso de personal.

Cláusula de exclusión

La cláusula 37 del contrato colectivo con la CFE precisa que “para trabajar al servicio” de ésta “es requisito indispensable ser miembro activo del SUTERM”, que tiene una estricta forma de control interno, mediante un proceso identificado en el sector sindical como cláusula de exclusión:

“La CFE se obliga a no utilizar como trabajador a quien haya renunciado al SUTERM, que haya sido expulsado del mismo o separado o haber atacado o desconocido los estatutos del SUTERM o la autoridad del comité ejecutivo nacional o propiciado la división sindical.

“En caso de que la CFE contrate alguna persona o personas que estén comprendidas en los casos anteriormente mencionados, serán separadas de su empleo tan pronto como lo solicite el SUTERM por escrito.”

Por lo demás, ambos contratos prevén alta influencia de su sindicato para evitar el despido de los trabajadores. Cuentan con una gama importante de comisionados sindicales (en el SME corresponde a uno por ciento de la plantilla) y conceden jubilaciones anticipadas.

De igual forma, los documentos que rigen las relaciones laborales de esas empresas públicas incluyen amplios beneficios para sus afiliados en relación con fondo de ahorro, ayuda para renta de casa, fondo de habitación y servicios sociales, así como un andamiaje de apoyo a actividades culturales, deportivas, préstamos, ayuda para despensa y transporte y gratificación por antigüedad.

El contrato del SUTERM tiene una “compensación por fidelidad”, mecanismo con el que se pretende contrarrestar el retiro de ascensos por antigüedad que sí tiene el SME, aunque mantiene el pago de prima adicional por años de servicio.

El 16 de marzo concluye la vigencia de ambos contratos y, en el caso del SME, la autoridad laboral ha rechazado su revisión, pese a que el término de las relaciones laborales es un asunto que todavía se discute en el Poder Judicial, tras el amparo solicitado por los trabajadores de LFC.

El contrato del SUTERM podría ser deliberadamente modificado para ajustarlo a las nuevas atribuciones de servicio de energía eléctrica en todo el país, tras el decreto presidencial de extinción de LFC, ya que la cláusula 22 del contrato colectivo en la CFE define su zona de influencia y señala la prohibición de inmiscuirse en el área central del país, adjudicada a Luz y Fuerza.
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Comentarios

Anónimo ha dicho que…
Hasta con eso compañeros, a pesar de que el cct del suterm fue concebido a partir del CCT del SME y ademas con mejoras para sus trabajadores, estos compas no se han manifestado en apoyarnos, que poca!, los tienen bien amenazados que lastima, al parecer no se merecen ese contrato ojala que lo sepan defender cuando les llegue su momento. En cambio nosotros comapñeros, como el ave fenix, vamos a resusrgir de las cenizas renovados, brillantes, con nueva conciencia sindical, con nuevo amor hacia nuestro trabajo para heredar a nuestros hijos y a las nuevas generaciones un SME mas combativo, unido que vela no solo por sus agremiados sino por los intereses sociales, ¡ ADELANTE ! compañeros por el rscate de nuestro glorioso Sindicato Mexicano de Electricistas.
¡¡¡ V I V A E L S M E !!!