Coronavirus amplía plazo para que sindicatos garanticen democracia plena

Una vez que termine la emergencia sanitaria en todo el país, los sindicatos tendrán 17 días para adecuar sus estatutos y 45 días para legitimar sus contratos.

Escrito por: Gerardo Hernández
Coronavirus amplía plazo para que sindicatos garanticen democracia plena El coronavirus también influyó en el cumplimiento sindical de las nuevas reglas de la reforma laboral, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que se ampliará hasta mediados de junio el plazo para que los sindicatos garanticen la democracia plena en sus estatutos.
Como consecuencia del paro administrativo de algunas áreas, la STPS informó que una vez que concluya oficialmente la emergencia sanitaria por el Covid-19, los sindicatos tendrán 17 días hábiles para modificar sus estatutos con las nuevas disposiciones como voto libre, personal, secreto y directo, representación femenina en las directivas y rendición de cuentas.

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Además, contarán con 45 días naturales para legitimar sus contratos colectivos, un procedimiento que contempla una votación de trabajadores para aprobar el contrato que los rige actualmente y para la cual, se debe dar a conocer el contrato colectivo entre los agremiados.
La fecha límite para adecuar los estatutos era el 9 de abril. De acuerdo con datos de la STPS, alrededor de 80% de los 2,000 sindicatos que tienen jurisdicción federal ya hicieron los ajustes en sus estatutos.
Los nuevos plazos comenzarán a correr a partir de que la autoridad sanitaria reanude las actividades laborales en el sector público y que las Juntas de Conciliación y Arbitraje también regresen a sus funciones plenas, detalló Esteban Martínez Mejía, titular de la Unidad de Enlace para la Reforma al Sistema de Justicia Laboral de la STPS.
El gobierno federal anunció la semana pasada que la Jornada de Sana Distancia por el Covid-19 se prolongará hasta finales de mayo. De mantenerse esta decisión, el 23 de junio sería la fecha límite para los ajustes en los estatutos de los sindicatos, y el 15 de julio, para la legitimación de contratos colectivos de trabajo.
La reforma laboral del 1 de mayo pasado obliga a los sindicatos a adoptar las nuevas reglas de democracia sindical y a legitimar sus contratos colectivos. Para ambos procedimientos, se estableció en la legislación un plazo de 240 días y un año calendario, respectivamente.
El 18 de marzo buena parte de las Juntas de Conciliación y Arbitraje del país decretaron la suspensión de términos, lo que incluyó los trámites para los sindicatos. De esta manera, la ampliación de plazos autorizada por la STPS corresponde a los días que restaban para cumplir con la modificación de estatutos y la legitimación de contratos colectivos.
“La intención del Consejo (para la implementación de la reforma) es que exista un nuevo plazo homologado. Que no empiece de manera diferenciada. Lo que determinó el Consejo fue que una vez que se cumplan dos condiciones, reinicie el cómputo de estos plazos”, dijo Estaban Martínez durante una plática virtual de capacitación promovida por la STPS.
En ese sentido, Manuel García Urrutia, director general de Capacitación y Concertación, explicó que esta decisión responde a la falta de capacidad en estos momentos para atender la parte administrativa que conllevan ambos procesos.

¿Qué pasará con los que no cumplan?

Los sindicatos que no adopten en sus estatutos las nuevas disposiciones para garantizar la democracia sindical plena, como el voto libre, personal, secreto y directo, corren el riesgo de no tener toma de nota y perder la personalidad jurídica, advirtió Manuel García Urrutia.
“Ya todas las elecciones de todos los sindicatos tienen que hacerse a través del voto libre, secreto, personal y directo y siguiendo los pasos que dice el artículo 371 (de la Ley Federal del Trabajo). Si no lo hacen así, corren el riesgo de que no tengan toma de nota y no tengan personalidad jurídica para tramitar cambios de padrón de miembros, modificación a sus estatutos, emplazamientos de huelga para las revisiones contractuales… se quedan sin personalidad jurídica”, detalló el funcionario de la STPS.
El director general de Capacitación y Concertación resaltó la importancia de incorporar el nuevo procedimiento de elección de dirigentes a la vida sindical a través de los estatutos, porque incluso, en el supuesto de que un sindicato haga sus elecciones conforme a la reforma laboral, pero sin adecuar sus estatutos, un trabajador podría demandar que el proceso de elección no estuvo apegado a estos.
“Por eso es muy importante que se armonicen los estatutos con la práctica del sindicato (…) Es un cambio cultural, de eso es de lo que tenemos que darnos cuenta, estamos cambiando nuestras prácticas, la forma en la que realizamos los elementos fundamentales de la vida sindical: las elecciones y las decisiones sobre las mejoras a nuestras condiciones laborales”, puntualizó.
La ampliación de plazos para la modificación de los estatutos y la legitimación de los contratos fue un acuerdo del Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral. Durante la segunda reunión ordinaria se aprobó esta medida y además, el Manual de Conciliación Laboral, un instrumento que facilitará la formación de los futuros conciliadores.
En ese sentido, Luisa María Alcalde Luján, titular de la STPS, aseguró que el manual aborda la conciliación laboral en materia individual, así como las técnicas de conducción de audiencias a partir del nuevo procedimiento establecido en la Ley Federal del Trabajo.

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