¿A quién enfrentamos?
José Antonio Almazán González
Una de las pruebas de los ilegales intereses presentes en el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y el despido injustificado de más de 44 mil trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) nos lo brinda la iniciativa de reforma a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) que el entonces diputado del PAN Roberto Gil Zuarth presentó el 13 de octubre de 2009 en la Cámara de Diputados. ¡Tan sólo tres días después de la toma violenta, por aire y tierra, de las instalaciones de LFC! La premura de esta iniciativa tuvo que ver con el cálculo político de exterminar en pocos días la resistencia del SME y legalizar de inmediato la rapiña sobre LFC.
1. Mediante reformas a los artículos 10 y 12 y la creación de los capítulos X y XI de la LSPEE y al artículo 113 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, y “con la finalidad de ajustar el marco regulatorio del sector eléctrico del país a los principios constitucionales de responsabilidad, transparencia, rendición de cuentas, austeridad, gobierno corporativo y eficiencia en la prestación de los servicios públicos”, la citada iniciativa reconoce un hecho y pone al descubierto sus reales intenciones: la figura de patrón sustituto y su propósito de avanzar en la privatización de la industria eléctrica mediante “empresas prestadoras del servicio de suministro de energía eléctrica”.
De manera cínica esta iniciativa del PAN señala que la decisión presidencial de liquidar LFC “puso fin a una excepción al modelo de servicio público planteado desde la reforma cardenista, excepción que sin duda alguna afectaba a los habitantes del área metropolitana del valle de México y que provocaba condiciones diferenciadas en el disfrute del servicio, además de un importante caudal de recursos públicos”. Después en cuatro párrafos reconoce que “en virtud de esa decisión, la CFE –Comisión Federal de Electricidad– asume nuevamente las funciones que venía prestando el organismo descentralizado liquidado, y que estaban planteadas desde la nacionalización de esa industria”, aceptando que “la CFE será la única empresa estatal que tendrá a su cargo la prestación del servicio público de energía eléctrica en los términos del artículo 27 constitucional y de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica”. De manera reiterativa acepta que “al asumir las funciones de Luz y Fuerza, se torna impostergable que la CFE cuente con un marco normativo moderno y eficaz” (subrayados míos). Como el PAN lo reconoce, aunque Lozano lo niegue, CFE es para todos los efectos constitucionales, legales y laborales el patrón sustituto en los términos de la Ley Federal del Trabajo y del artículo 290 de la Ley del Seguro Social.
2. Por supuesto la figura de “proveedor del servicio del suministro de energía eléctrica” o “empresas prestadoras del servicio de suministro de energía eléctrica” no existe en la LSPEE ni en su reglamento. Por la simple y llana razón de que la Constitución lo prohíbe al establecer en el párrafo sexto del artículo 27 la exclusividad de la nación en la prestación del servicio público de energía eléctrica. Sin embargo, en CFE la existencia de estas empresas es un hecho verificable desde hace muchos años, al igual que en Pemex. Empresas contratistas, en algunos casos propiedad o con participación accionaria de funcionarios públicos de CFE y de Pemex. Pero en todos los casos fuente de corrupción y de amasamiento de grandes fortunas con cargo al erario. Y precisamente, como este tipo de empresas están por fuera de la Constitución y la ley, el PAN presentó su iniciativa para legalizar en ley secundaria lo que la Constitución prohíbe; y en premio a su esfuerzo legislativo Roberto Gil Zuarth fue promovido a subsecretario de Gobernación.
3. De todos es conocido que el plan maestro de privatización de los energéticos salió de las oficinas centrales del Banco Mundial, del llamado Consenso de Washington y de los mandos del Fondo Monetario Internacional, bajo la preeminencia del imperialismo estadunidense. Estas políticas privatizadoras se han instrumentado por medio del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y de la llamada Alianza para la Seguridad y Prosperidad para América del Norte. En México han avanzado mediante reformas a leyes secundarias como fue el caso de la contrarreforma a la LSPEE promovida por Salinas de Gortari en 1992 y otras menos conocidas en 2008, hasta desembocar en esta última iniciativa del PAN.
Con el pretexto de regular los derechos básicos de los usuarios eléctricos, el PAN introduce la figura jurídica de “empresas prestadoras del servicio de suministro de energía eléctrica”, para las siguientes funciones: “servicio ofrecido, su precio, condiciones de contratación y sus características; la facturación, el cobro, las medidas de consumo y demás características del servicio contratado; calidad, garantía y seguridad en la prestación del servicio por parte del proveedor, el derecho a la reparación e indemnización adecuada, oportuna y eficaz por los daños materiales en que incurra el proveedor por el incumplimiento de sus obligaciones”. En suma, para dejar en manos del capital privado toda la cadena productiva eléctrica (conducción, transformación, distribución y venta de energía eléctrica), en el entendido de que ya 40 por ciento de la generación eléctrica está en manos del capital extranjero. ¡Y todavía se ofenden cuando se les califica de vendepatrias o de que sus decisiones públicas las toman al amparo etílico! A un año del golpe fascista el SME reclama: ¡patrón sustituto y toma de nota ya!
Fuente
Una de las pruebas de los ilegales intereses presentes en el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y el despido injustificado de más de 44 mil trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) nos lo brinda la iniciativa de reforma a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) que el entonces diputado del PAN Roberto Gil Zuarth presentó el 13 de octubre de 2009 en la Cámara de Diputados. ¡Tan sólo tres días después de la toma violenta, por aire y tierra, de las instalaciones de LFC! La premura de esta iniciativa tuvo que ver con el cálculo político de exterminar en pocos días la resistencia del SME y legalizar de inmediato la rapiña sobre LFC.
1. Mediante reformas a los artículos 10 y 12 y la creación de los capítulos X y XI de la LSPEE y al artículo 113 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, y “con la finalidad de ajustar el marco regulatorio del sector eléctrico del país a los principios constitucionales de responsabilidad, transparencia, rendición de cuentas, austeridad, gobierno corporativo y eficiencia en la prestación de los servicios públicos”, la citada iniciativa reconoce un hecho y pone al descubierto sus reales intenciones: la figura de patrón sustituto y su propósito de avanzar en la privatización de la industria eléctrica mediante “empresas prestadoras del servicio de suministro de energía eléctrica”.
De manera cínica esta iniciativa del PAN señala que la decisión presidencial de liquidar LFC “puso fin a una excepción al modelo de servicio público planteado desde la reforma cardenista, excepción que sin duda alguna afectaba a los habitantes del área metropolitana del valle de México y que provocaba condiciones diferenciadas en el disfrute del servicio, además de un importante caudal de recursos públicos”. Después en cuatro párrafos reconoce que “en virtud de esa decisión, la CFE –Comisión Federal de Electricidad– asume nuevamente las funciones que venía prestando el organismo descentralizado liquidado, y que estaban planteadas desde la nacionalización de esa industria”, aceptando que “la CFE será la única empresa estatal que tendrá a su cargo la prestación del servicio público de energía eléctrica en los términos del artículo 27 constitucional y de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica”. De manera reiterativa acepta que “al asumir las funciones de Luz y Fuerza, se torna impostergable que la CFE cuente con un marco normativo moderno y eficaz” (subrayados míos). Como el PAN lo reconoce, aunque Lozano lo niegue, CFE es para todos los efectos constitucionales, legales y laborales el patrón sustituto en los términos de la Ley Federal del Trabajo y del artículo 290 de la Ley del Seguro Social.
2. Por supuesto la figura de “proveedor del servicio del suministro de energía eléctrica” o “empresas prestadoras del servicio de suministro de energía eléctrica” no existe en la LSPEE ni en su reglamento. Por la simple y llana razón de que la Constitución lo prohíbe al establecer en el párrafo sexto del artículo 27 la exclusividad de la nación en la prestación del servicio público de energía eléctrica. Sin embargo, en CFE la existencia de estas empresas es un hecho verificable desde hace muchos años, al igual que en Pemex. Empresas contratistas, en algunos casos propiedad o con participación accionaria de funcionarios públicos de CFE y de Pemex. Pero en todos los casos fuente de corrupción y de amasamiento de grandes fortunas con cargo al erario. Y precisamente, como este tipo de empresas están por fuera de la Constitución y la ley, el PAN presentó su iniciativa para legalizar en ley secundaria lo que la Constitución prohíbe; y en premio a su esfuerzo legislativo Roberto Gil Zuarth fue promovido a subsecretario de Gobernación.
3. De todos es conocido que el plan maestro de privatización de los energéticos salió de las oficinas centrales del Banco Mundial, del llamado Consenso de Washington y de los mandos del Fondo Monetario Internacional, bajo la preeminencia del imperialismo estadunidense. Estas políticas privatizadoras se han instrumentado por medio del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y de la llamada Alianza para la Seguridad y Prosperidad para América del Norte. En México han avanzado mediante reformas a leyes secundarias como fue el caso de la contrarreforma a la LSPEE promovida por Salinas de Gortari en 1992 y otras menos conocidas en 2008, hasta desembocar en esta última iniciativa del PAN.
Con el pretexto de regular los derechos básicos de los usuarios eléctricos, el PAN introduce la figura jurídica de “empresas prestadoras del servicio de suministro de energía eléctrica”, para las siguientes funciones: “servicio ofrecido, su precio, condiciones de contratación y sus características; la facturación, el cobro, las medidas de consumo y demás características del servicio contratado; calidad, garantía y seguridad en la prestación del servicio por parte del proveedor, el derecho a la reparación e indemnización adecuada, oportuna y eficaz por los daños materiales en que incurra el proveedor por el incumplimiento de sus obligaciones”. En suma, para dejar en manos del capital privado toda la cadena productiva eléctrica (conducción, transformación, distribución y venta de energía eléctrica), en el entendido de que ya 40 por ciento de la generación eléctrica está en manos del capital extranjero. ¡Y todavía se ofenden cuando se les califica de vendepatrias o de que sus decisiones públicas las toman al amparo etílico! A un año del golpe fascista el SME reclama: ¡patrón sustituto y toma de nota ya!
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