México: Huellas de los contratos de protección

Carmen R. Ponce Meléndez (CIMAC)


Unas 15 trabajadoras perdieron sus huellas digitales, debido al contacto con los químicos de la fábrica de plásticos donde trabajan. Lo hacen sin ninguna protección de las manos y lo más importante es que la pérdida de las huellas digitales es sólo un síntoma de todo el daño que puede causarles en su organismo el prolipropileno, poliestinero, copolímero, entre otros.

Falanges con los cartílagos deformados o destruidos; malformaciones en las manos: toxicidad irreversible en los pulmones, son otros de los daños a la salud de las trabajadoras.


Laboran una jornada de 12 horas, en contra de lo que dice la Ley Federal del Trabajo y pasan mucho tiempo expuestas a los químicos tan agresivos. El perder la huella digital tiene implicaciones importantes en la personalidad jurídica y ciudadana de una persona, pero comparados con los otros daños a la salud, puede parecer menor, sólo un síntoma.


Son mujeres jóvenes que en su mayoría no llegan a los 40 años, muchas de ellas son madres solteras, sin guarderías para sus hijos, con incrementos de salario igual al mínimo. En ese trabajo están dejando su salud y su vida.


No cuentan con ropa de trabajo ni equipo de protección para trabajar con esos químicos, tampoco la fábrica, que es una mediana empresa exportadora esta debidamente equipada para el trabajo que realizan.


Eso si, cuentan con la maravillosa protección de la Sección 22 de la CTM, un Sindicato fantasma de “protección”, uno de los muchos que existen en el ambiente laboral del país, se estima que existen un 90 por ciento de estos “contratos de protección” para los empleadores, porque lo que a las trabajadoras ni de broma las protegen.


Cobran una iguala con las empresas o los empleadores para que todo se mantenga en orden y se pueda seguir violando la Ley Federal del Trabajo, como es el caso de las trabajadoras de la fábrica de plástico que tienen una jornada de 12 horas.


Laboran 15 días de noche y otros 15 de día, en caso de tener un accidente de trabajo por la noche, el traslado corre por cuenta de la trabajadora y no se le llevará al Seguro Social, de esta manera el empleador se ahorra una posible multa y la atención a la salud de la trabajadora.


Obviamente hay una alta rotación de personal y son las mujeres las que tienden a permanecer mas tiempo, pero lo máximo son de 5 a 8 años. El desgaste que experimentan las trabajadoras es muy intenso, no sólo por lo extenso de la jornada de trabajo, sino fundamentalmente por la exposición a los químicos.


La posibilidad de que los daños físicos sean reconocidos en el Seguro Social como enfermedades profesionales, es muy limitada. Estas trabajadoras a los 40 años ingresan a otra fábrica y su salud esta mermada en un 50 por ciento.


Organizarse, defenderse, crear su propia organización gremial, que realmente las represente y “DESPEDIR” a su sindicato fantasma, cancelar ese contrato de protección; crear su Comisión Mixta de Higiene y Seguridad; contar con ropa y equipo de trabajo y también un equipo industrial para esa fábrica, que redundará en un beneficio indirecto para el empleador.


Los contratos de protección son una lacra para el avance de las y los trabajadores y para el desarrollo del país. !Urge acabar con ellos!.


El derecho a la salud de las trabajadoras es irrenunciable, debe ser sin menoscabo de su trabajo o de su salario y es un derecho universal.


Carmen R. Ponce Meléndez es economista, especialista en género.
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