Elaborará Sergio Valls dictamen sobre juicio de amparo promovido por SME
Jesús Aranda
Periódico La Jornada
Viernes 19 de marzo de 2010, p. 9
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Sergio Valls Hernández elaborará el dictamen sobre el juicio de amparo promovido por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) contra la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y de la “sustitución patronal” en la que incurrió el gobierno federal al privar de sus derechos laborales a los 40 mil afiliados al gremio.
Fuentes judiciales confirmaron lo anterior y agregaron que Valls Hernández ya encargó la redacción del proyecto de dictamen a uno de sus secretarios de estudio y cuenta para que, en su momento, el documento sea discutido por la segunda sala de la Corte.
La semana pasada, los ministros Sergio Aguirre Anguiano, Luis María Aguilar, Margarita Luna Ramos, Fernando Franco y el propio Valls acordaron –a propuesta del primero– que la segunda sala ejerciera su facultad de atracción para conocer el amparo del sindicato de electricistas en contra del gobierno federal por la desaparición de LFC, el cual fue desechado por un juzgado de distrito administrativo.
Los electricistas demandan declarar la inconstitucionalidad del artículo 16 de la Ley Federal de Entidades Paraestales, el cual señala: “cuando un organismo descentralizado creado por el Ejecutivo deje de cumplir sus fines u objeto, o su funcionamiento no resulte ya conveniente desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público, la Secretaría de Hacienda, atendiendo la opinión de la dependencia coordinadora del sector que corresponda, propondrá al Ejecutivo federal la disolución, liquidación o extinción de aquél.
“Asimismo, podrá sugerir su fusión, cuando su actividad combinada redunde en aumento de eficiencia y productividad.”
También cuestionan si fue jurídicamente correcto que la juez de primera instancia –quien negó el amparo– considerara que el decreto de extinción de LFC no fue un acto privativo de derechos laborales de más de 40 mil trabajadores, porque no tenía tal finalidad, sino extinguir a LFC por considerar que era una empresa improductiva, ineficiente y cara.
La segunda sala no tiene un plazo determinado para resolver, y según fuentes judiciales puede determinar lo siguiente: ratificar el desechamiento del amparo; resolver únicamente lo relativo a los temas de constitucionalidad y enviar el expediente a un tribunal colegiado para que dictamine en definitiva, o bien, entrar a fondo del asunto y resolver el amparo.
Fuente
Periódico La Jornada
Viernes 19 de marzo de 2010, p. 9
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Sergio Valls Hernández elaborará el dictamen sobre el juicio de amparo promovido por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) contra la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y de la “sustitución patronal” en la que incurrió el gobierno federal al privar de sus derechos laborales a los 40 mil afiliados al gremio.
Fuentes judiciales confirmaron lo anterior y agregaron que Valls Hernández ya encargó la redacción del proyecto de dictamen a uno de sus secretarios de estudio y cuenta para que, en su momento, el documento sea discutido por la segunda sala de la Corte.
La semana pasada, los ministros Sergio Aguirre Anguiano, Luis María Aguilar, Margarita Luna Ramos, Fernando Franco y el propio Valls acordaron –a propuesta del primero– que la segunda sala ejerciera su facultad de atracción para conocer el amparo del sindicato de electricistas en contra del gobierno federal por la desaparición de LFC, el cual fue desechado por un juzgado de distrito administrativo.
Los electricistas demandan declarar la inconstitucionalidad del artículo 16 de la Ley Federal de Entidades Paraestales, el cual señala: “cuando un organismo descentralizado creado por el Ejecutivo deje de cumplir sus fines u objeto, o su funcionamiento no resulte ya conveniente desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público, la Secretaría de Hacienda, atendiendo la opinión de la dependencia coordinadora del sector que corresponda, propondrá al Ejecutivo federal la disolución, liquidación o extinción de aquél.
“Asimismo, podrá sugerir su fusión, cuando su actividad combinada redunde en aumento de eficiencia y productividad.”
También cuestionan si fue jurídicamente correcto que la juez de primera instancia –quien negó el amparo– considerara que el decreto de extinción de LFC no fue un acto privativo de derechos laborales de más de 40 mil trabajadores, porque no tenía tal finalidad, sino extinguir a LFC por considerar que era una empresa improductiva, ineficiente y cara.
La segunda sala no tiene un plazo determinado para resolver, y según fuentes judiciales puede determinar lo siguiente: ratificar el desechamiento del amparo; resolver únicamente lo relativo a los temas de constitucionalidad y enviar el expediente a un tribunal colegiado para que dictamine en definitiva, o bien, entrar a fondo del asunto y resolver el amparo.
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